Por la transparencia en la gestiÃģn administrativa que estÃĄn obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector pÚblico en los tÃĐrminos del artÃculo 118 de la ConstituciÃģn PolÃtica de la RepÚblica y demÃĄs entes seÃąalados en el artÃculo 1 de la presente Ley, difundirÃĄn a travÃĐs de un portal de informaciÃģn o pÃĄgina web, asà como de los medios necesarios a disposiciÃģn del pÚblico, implementados en la misma instituciÃģn, la siguiente informaciÃģn mÃnima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria.